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En Nicaragua, muchos trabajadores —ya sea en su primer empleo o después de años de experiencia— desconocen qué pasa si renuncian o si son despedidos. El Código del Trabajo establece reglas claras en sus artículos 45 y 48, y conocerlas es clave para no perder dinero ni derechos.

A continuación, te lo explicamos de manera sencilla y con ejemplos.


🔹 1. ¿Qué es la indemnización por antigüedad?

Es un beneficio que reconoce el tiempo que has trabajado en una empresa.

  • Se paga cuando renunciás con preaviso o cuando te despiden sin causa.
  • Se calcula como un mes de salario por cada año trabajado, hasta un máximo de cinco meses.
  • Si renunciás sin preaviso o te despiden con “justa causa”, perdés este beneficio.

👉 Ejemplo: Si trabajaste 3 años con salario de 12,000 córdobas, tu indemnización sería de 36,000 córdobas (tres meses de salario).


🔹 2. Renuncia voluntaria (Artículo 45 CT)

La renuncia es un derecho, pero debe hacerse correctamente:

  • Si avisás con 15 días de anticipación:
    ✅ Te pagan indemnización por antigüedad.
    ✅ También vacaciones, aguinaldo proporcional y tu salario pendiente.
  • Si renunciás inmediatamente, sin preaviso:
    ❌ Perdés la indemnización.
    ✅ Pero igual recibís vacaciones, aguinaldo y salario trabajado.

👉 Ejemplo práctico:
Un trabajador con 2 años de antigüedad en una tienda que gana 8,000 córdobas:

  • Si avisa con 15 días, recibe 16,000 córdobas de indemnización + vacaciones + aguinaldo.
  • Si renuncia de inmediato, pierde esos 16,000 córdobas.

🔹 3. Despido sin causa (Artículo 45 CT)

Cuando tu empleador te despide sin una razón justificada, la ley lo considera despido injustificado.
En ese caso deben pagarte todo:
✅ Indemnización por antigüedad.
✅ Vacaciones acumuladas.
✅ Aguinaldo proporcional.
✅ Salario pendiente.

👉 Ejemplo: Una secretaria con 4 años de antigüedad y salario de 9,000 córdobas es despedida sin explicación. Le deben pagar 36,000 córdobas de indemnización + vacaciones + aguinaldo.


🔹 4. Despido con justa causa (Artículo 48 CT)

El empleador puede despedirte sin pagar indemnización si cometés faltas graves como:

  • Faltar al trabajo sin permiso.
  • Llegar en estado de ebriedad o bajo drogas.
  • Robar o dañar bienes de la empresa.
  • Agredir a un compañero o al jefe.
  • Revelar secretos de la empresa.

En este caso:
❌ No hay indemnización por antigüedad.
✅ Sí deben pagarte vacaciones, aguinaldo y salario ganado.

👉 Ejemplo: Un trabajador falta 5 días seguidos sin avisar. El empleador lo despide aplicando el Art. 48. Solo recibe vacaciones, aguinaldo y salario pendiente.


🔹 5. Consejos prácticos para todos los trabajadores

  1. Guardá tu contrato y recibos de pago. Te sirven como prueba de antigüedad.
  2. Si vas a renunciar, hacelo por escrito y dejá copia firmada como respaldo.
  3. No firmés tu liquidación sin revisarla. Compará con tus cálculos antes de aceptar.
  4. Pedí carta de despido. Ahí debe decir si es con o sin causa, lo que afecta tu liquidación.
  5. Si tenés dudas, consultá. Un abogado laboral o incluso el MITRAB puede orientarte.

📑 Resumen en tabla

Situación laboralIndemnización por antigüedadOtros derechos (vacaciones, aguinaldo, salario)
Renuncia con 15 días de aviso (Art. 45)✅ Sí✅ Sí
Renuncia inmediata (sin preaviso)❌ No✅ Sí
Despido injustificado (Art. 45)✅ Sí✅ Sí
Despido con justa causa (Art. 48)❌ No✅ Sí

✅ Conclusión

  • Si renunciás, dar 15 días de aviso es la clave para no perder tu indemnización.
  • Si te despiden sin causa, la empresa está obligada a pagarte todo lo que te corresponde.
  • Si te despiden con justa causa (Art. 48), solo recibirás tus vacaciones, aguinaldo y salario.

Conocer estas reglas es esencial: ya seas joven en tu primer trabajo o alguien con años de experiencia, la información es tu mejor defensa en el mundo laboral.


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